Obligaciones principales
- Informar con transparencia: política de tratamiento clara, con responsable, finalidades, base de licitud, medidas de seguridad y derechos.
- Deber de secreto: confidencialidad de los datos, incluso terminada la relación.
- Protección desde el diseño y por defecto: tratar solo los datos estrictamente necesarios.
- Registrar las actividades de tratamiento y poder acreditar su licitud.
- Contratar por escrito a los encargados (proveedores) que traten datos por cuenta de la empresa.
- Evaluación de impacto previa cuando un tratamiento sea de alto riesgo.
- Seguridad proporcional al riesgo y notificación de brechas sin dilaciones indebidas.
La designación de un Delegado de Protección de Datos (DPO) es voluntaria. En micro, pequeñas y medianas empresas, el dueño o la máxima autoridad puede asumir ese rol.